La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos entra en vigor este jueves 5 de noviembre, un día después de su publicación en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF). El efectivo no desaparece: para la mayoría de los comercios, aceptar pagos digitales sigue siendo opcional. Lo que cambia es que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) tiene ahora 15 días hábiles para decidir en qué sectores el pago digital podrá ser la única forma de pago, y que el Banco de México (Banxico) recibe facultades para empujar los cobros con código QR en las terminales punto de venta (TPV).
La ley tiene 22 artículos y cinco transitorios. La presidenta Claudia Sheinbaum envió la iniciativa al Congreso el 8 de septiembre como parte del Paquete Económico 2027; la Cámara de Diputados la aprobó el 6 de octubre y el Senado, el 20 de octubre, según la cronología de DPL News.
El efectivo sigue siendo válido en casi todo el comercio
El artículo 11 dice que los proveedores de bienes o servicios “podrán implementar” los medios de pago digitales. No es una obligación general. La ley define esos medios en sentido amplio (artículo 2, fracción VII): códigos QR, pagos sin contacto con tecnología NFC (comunicación de campo cercano), tarjetas de débito y crédito, transferencias y domiciliación.
La excepción son los sectores estratégicos y actividades relevantes que defina Hacienda (artículo 13). Ahí el pago digital podrá ser la única forma de pago. Aun en esos sectores hay una válvula: si una contingencia, como una falla de sistemas, impide recibir pagos digitales, “se permitirá el pago en efectivo o cheque” (artículo 15). Pero las contingencias no podrán justificar “de manera permanente o recurrente” el incumplimiento (artículo 16).
Los plazos corren desde mañana
El calendario está en los transitorios. Hacienda debe publicar la lista de sectores dentro de los 15 días hábiles siguientes a la entrada en vigor, y puede ampliarla después (tercero transitorio). Una vez publicada esa lista, las autoridades de cada sector tienen otros 15 días hábiles para emitir las reglas de operación y fijar mecanismos y plazos de transición gradual del efectivo al pago digital (cuarto transitorio y artículo 14).
La ley no dice qué sectores serán ni cuánto durará cada transición. Eso queda en manos de Hacienda y de los reguladores sectoriales.
Banxico gana herramientas sobre cuentas, apps y QR
El artículo 19 da al banco central cinco facultades. Las de mayor efecto para la industria:
Regular los niveles de operación de las cuentas a la vista, es decir, las cuentas de depósito de las que se puede disponer en cualquier momento, para crear opciones adaptadas a la población. DPL News reporta que la iniciativa decía “ampliar” y el Congreso lo cambió por “regular”.
Homologar la experiencia de uso de las aplicaciones de servicios financieros.
Emitir, junto con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), reglas para que las entidades que ofrecen el cobro con tarjeta en TPV también acepten pagos con códigos QR que cumplan las especificaciones de Banxico. La supervisión quedará a cargo de la CNBV.
DPL News reporta que la Asociación FinTech México planteó desde septiembre una reserva sobre los QR en TPV: pidió que la medida respete la neutralidad tecnológica y considere los costos y tiempos de implementación.
CURP Digital para contratar en línea
La ley también toca el alta de clientes. En la contratación digital de servicios financieros, la CURP Digital será aceptada como mecanismo de confianza (artículo 5), aunque el usuario puede elegir otra identificación oficial (artículo 6). Las entidades deberán aceptar el Expediente Digital Ciudadano cuando el cliente lo solicite, y el usuario podrá pedir la consulta y portabilidad de sus documentos (artículos 7 y 8). Esos documentos digitales tendrán los mismos efectos jurídicos que los físicos (artículo 9).
Las obligadas son las “Entidades” del artículo 2, fracción IV: bancos, sofomes (sociedades financieras de objeto múltiple), sociedades financieras populares y comunitarias, cooperativas de ahorro y préstamo, uniones de crédito, instituciones de tecnología financiera (ITF) y quienes otorguen crédito al público de forma habitual. El artículo 20 les pide promover la inclusión financiera y facilitar el crédito por medios digitales.
Qué implica para fintechs, bancos y comercios
En nuestra lectura, el cambio más inmediato para el mercado no estaría en el comercio de barrio, sino en la infraestructura de cobro. Si Banxico y la CNBV obligan a las adquirentes a aceptar QR en sus terminales, el pago con QR, el terreno de CoDi, el esquema de cobro digital de Banxico, dejaría de depender de que cada comercio lo adopte por su cuenta. Para las fintechs, la CURP Digital y la portabilidad del expediente podrían bajar la fricción del alta de clientes, siempre que las autoridades emitan las reglas que la ley deja pendientes.
El siguiente paso es la lista de Hacienda, que debe salir dentro de los 15 días hábiles posteriores a la entrada en vigor: de ella depende en qué actividades el efectivo dejará de ser opción.
Fuentes: Decreto por el que se expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, DOF, Sheinbaum promulga la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales en México, DPL News



